top of page

2.- Criterios para la gestión de las sustituciones de las ausencias del profesorado.

 

         Se seguirán los criterios establecidos en la ORDEN de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación.

 

 1.-Bajas de corta duración, hasta tres días. Se cubren con el cuadrante del profesorado de Refuerzo, realizado por la Jefatura de Estudios, una vez confeccionados y aprobados todos los horarios del centro. El profesorado que va cubriendo estas bajas, se va alternando según las necesidades del Centro, con el fin que a final de curso sea igualitario el número de sustituciones para todo el profesorado. El orden de prioridad será la siguiente:

 • Profesorado con horario de Refuerzo educativo.

• Profesorado Coordinador de Equipos de Ciclos, proyectos.

• Mayores de 55

• Equipo directivo.

• Agrupamiento de alumnado.

.Cuando haya razones que lo justifiquen, la Jefatura de Estudios podrá alterar el orden establecido para cubrir estas ausencias de corta duración.

 

2.-Bajas de larga duración. La dirección del centro será la competente para decidir cuándo se sustituirán las ausencias del profesorado con personal externo y, por tanto, con cargo al número de jornadas completas de profesorado sustituto puesto a disposición del centro para esta función, y cuándo se atenderán con los recursos propios del centro. Una vez por trimestre, se informará al Claustro de profesorado y  Consejo Escolar  sobre las decisiones tomadas.

 

 

Referentes normativos

 

Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los centros docentes públicos dependientes de esta Consejería (BOJA 17-09-2010).

bottom of page