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3.- Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar.

 

  • El Equipo directivo, siguiendo las directrices del Claustro y del Consejo Escolar del centro, mantendrá un contacto fluido con el Excmo. Ayuntamiento, en especial con la persona que ostente la Alcaldía y ConcejalÍa  de Educación, para solucionar los problemas que se  presenten en la conservación de las instalaciones.

  • Para la renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar se tramitarán todas las demandas planteadas por el Consejo Escolar del centro a los organismos competentes como Ayuntamiento, Delegación Provincial y Consejería de Educación.

  • Siempre que la gestión económica del Colegio lo permita y el Consejo Escolar así lo apruebe, se podrán atender necesidades que mejoren nuestras instalaciones, en pro de una mejor calidad de los servicios que prestamos a la comunidad educativa.

  • Consideramos una norma de convivencia el uso adecuado de los materiales, instalaciones y edificios del centro. El uso negligente o malintencionado de los mismos será considerado una conducta contraria o gravemente contraria a las normas de convivencia.

  • Cualquier miembro de la Comunidad es responsable de cumplir y hacer cumplir estas normas de buen uso de materiales, instalaciones, edificios y otros recursos del centro.

  • En el caso de daños producidos por mal uso con intencionalidad hacia los materiales, instalaciones o edificios del centro, la dirección podrá exigir a las personas responsables la reparación de los daños o desperfectos ocasionados, la realización de tareas de mantenimiento o embellecimiento del centro que compense el daño producido, o el abono de los gastos producidos por los daños ocasionados.

  • Para evitar futuros perjuicios, cualquier instalación, maquinaria, aparato, que vaya a funcionar en el centro, deberá contar con la supervisión técnica del órgano competente y cumplir las normas homologadas por la administración competente-

  • Existirá un cuaderno de incidencias a disposición de los miembros de la comunidad para que notifiquen las deficiencias encontradas en cualquier instalación, material o edificio del centro. Este documento se encuentra en conserjería.

  • Las instalaciones, juegos, mobiliarios, etc.  que no reúnan garantías de seguridad se inutilizarán inmediatamente, procediendo a la gestión de la incidencia a la mayor brevedad.

 

Referentes normativos

 

Orden de 10 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos (BOJA 25-5-2006).

Orden de 11 de mayo de 2006, conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se regula la gestión económica de los fondos con destino a inversiones que perciban con cargo al presupuesto de la Consejería de Educación los centros docentes públicos de educación secundaria, de enseñanzas de régimen especial a excepción de los Conservatorios Elementales de Música, y las Residencias Escolares, dependientes de la Consejería de Educación (BOJA 25-5-2006).

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