top of page

11.-.Las normas sobre la utilización en el centro de teléfonos móviles y otros aparatos electrónicos, así como el procedimiento para garantizar el acceso seguro a internet del alumnado, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad

 

USO DE TELÉFONOS MÓVILES.

 

  • El alumnado no deberá traer al centro teléfonos móviles, ya que están perfectamente localizados, y si se diera alguna circunstancia que requiriera la comunicación con las familias, lo harían a través del teléfono del colegio.

  • Uso del móvil en excursiones. En principio está prohibido, pero queda a decisión de los responsables de la excursión el uso de los móviles por parte del alumnado.

 

USO DE APARATOS ELECTRÓNICOS.

 

  • No está permitido el uso en el  centro  de aparatos electrónicos tipo consola, videojuegos y similares.

  • En el caso de que un alumno/a incumpla esta norma, el centro no se hace cargo de la pérdida o rotura de estos aparatos.

 

USO DE INTERNET.

 

  • Durante la estancia del alumnado en el centro y durante el uso de los ordenadores, por el alumnado, el profesorado correspondiente velará porque las conexiones y visitas a determinadas páginas sean las correctas, y siempre vinculadas al desarrollo del currículo.

  • El profesorado velará por la privacidad del alumnado en las visitas a páginas web, correos y posibles comunicaciones que se realicen usando la red.

  • En ningún momento se trabajarán con programas y web cuyo uso requiera una edad mayor de la que el alumnado tiene. (chats, washapp, Facebook, etc).

 

 

PROCEDIMIENTO PARA INFORMAR A LOS PADRES Y MADRES SOBRE EL USO DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS EN EL CENTRO Y EN CASA.

 

  • En la tutoría de inicio de curso el profesorado informará sobre las actividades que se realizarán usando las tic.

  • En la web del centro se incluyen pautas para el buen uso de internet en casa.

  • Se informa que en la web de la Consejería existe un documento existe un documento sobre la ley de protección de datos de carácter  personal para los centros de enseñanza.

  • Cuando sea solicitado por parte de las familias.

  • A través de charlas en el centro de la Guardia Civil o policía local.

 

 

 

Este apartado del ROF debe estar vinculado con:

*apartado j) del proyecto educativo, sobre “El plan de convivencia a desarrollar para prevenir la aparición de conductas contrarias a las normas de convivencia y facilitar un adecuado clima escolar.

 

 

Referentes normativo

Decreto 25/2007, de 6 de febrero, por el que se establecen medidas para el fomento, la prevención de riesgos y la seguridad en el uso de Internet y las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por parte de las personas menores de edad (BOJA 22-02-2007).

bottom of page